MEDIDAS DE SEGURIDAD
Descripción general de las medidas técnicas y organizativas de seguridad
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con la previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica y que se encuentran descritas en la Política de Protección de Datos y Seguridad de la Información de BSTA. Las medidas técnicas y organizativas son las apropiadas para garantizar un nivel de seguridad adecuado teniendo en cuenta el estado de la técnica, los costes de aplicación, y la naturaleza, el alcance, el contexto y los fines de tratamiento, así como los riesgos de probabilidad y gravedad variables para los derechos y libertades de las personas físicas conforme a lo establecido en el artículo 32 RGPD.
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